domingo, 30 de junio de 2013

Democracia - Estilo de Vida

¿Qué entendemos por Democracia?
La democracia, es el aquel sistema de gobierno, en el cual la soberanía del poder reside y está sustentada, en pueblo. Es éste, por medio de elecciones directas o indirectas, quien elige las principales autoridades del país. Asimismo, es el pueblo, quien puede cambiar o ratificar a estas mismas autoridades, en las siguientes elecciones populares. Por este motivo los griegos hablaban de la democracia, como el gobierno del pueblo; de hecho este es su significado literal.
Es así, como se puede conformar una democracia directa, donde el pueblo es quien toma todas las decisiones ejecutivas y legislativas, o la democracia representativa, donde le pueblo por medio de votación popular escoge las autoridades que representarán a la ciudadanía, en la toma de decisiones. 

¿Por qué debemos defender la democracia en el Perú?

El candidato presidencial de Gana Perú, Ollanta Humala, sostuvo que todos los peruanos debemos defender la democracia en nuestro país desde ahora y para siempre, “porque el Perú es para todos los peruanos”.

Durante su participación en el Concierto Por la Gran Transformación del Perú, Humala destacó la realización de marchas en defensa de la democracia, las cuales han sido impulsadas en su mayoría por los jóvenes peruanos, con el único objetivo de defender la democracia en el país, “y no regresar a la dictadura vivida en la década de los 90”.

“Estamos con la lucha de los jóvenes y de los miles de peruanos que buscan la defensa de la democracia. Sabemos que ayer han marchado todos los jóvenes a nivel nacional en contra del retorno de la dictadura, y si bien no toda la prensa lo ha cubierto lo importante es que los jóvenes son la esperanza del futuro del país”, resaltó.

Asimismo, dijo esperar que estas marchas y campañas a favor de la democracia le devuelvan la memoria a todo el pueblo peruano.

¿De qué manera practicamos la democracia en el Hogar y en la escuela?

·                     Cuando deciden que van a comer (que quiere cada uno).
·                     Cuando alguien debe lavar la ropa (aunque no quieras te eligen)
·                     Cuando van de viaje y votan por saber a dónde. 
·                     Al momento en que eligen una mascota de entre varias (cual es la mas bonita).
·                     En la situación: quieren 2 cosas pero solo pueden tener una.
·                     Cuando respetas las opiniones de los demás.

¿Qué entendemos por Derecho y por estado de Derecho?


Derecho: Son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos.
  
Derecho de Estado: El estado de derecho es el marco legal y político en virtud del cual todas las personas e instituciones, incluido el propio Estado, deben rendir cuentas. Para lograr una paz duradera tras un conflicto.

Derechos Fundamentales de las personas según la Constitución Política
·                     A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. 
·                     A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.

¿Qué Opinas sobre la información Falsa que muchas veces circula en las campañas electorales, que perjudica a un candidato?

Bueno  creo que esto perjudica principalmente al pueblo que es engañado para  ganarse el voto, y en segundo plano perjudica al candidato que creara una mala imagen de el hacia el pueblo.

sábado, 29 de junio de 2013

Democracia como estilo de Vida

¿QUE ES DEMOCRACIA?
Democracia es una forma de organización social que atribuye la titularidad del poder al conjunto de la sociedad. En sentido estricto, la democracia es una forma de organización del Estado en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad a sus representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.

DIFERENCIA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA Y DEMOCRACIA

En la democracia representativa el pueblo delega la soberanía en autoridades elegidas de forma periódica mediante elecciones libres. 
Estas autoridades en teoría deben actuar en representación de los intereses de la ciudadanía que los elige para representarlos.
En este sistema el poder legislativo, encargado de hacer o cambiar las leyes, lo ejerce una o varias asambleas o cámaras de representantes, los cuales reciben distintos nombres dependiendo de la tradición de cada país y de la cámara en que desarrollen su trabajo, ya sea el de parlamentarios, diputados, senadores o congresistas. Los representantes normalmente están organizados en partidos políticos, y son elegidos por la ciudadanía de forma directa mediante listas abiertas o bien mediante listas cerradas preparadas por las direcciones de cada partido, en lo que se conoce como elecciones legislativas.
El poder ejecutivo recae en un gobierno compuesto por una serie de ministros, cada uno de ellos encargado de una parcela de gobierno o ministerio, y es encabezado por un jefe de estado, presidente o primer ministro, dependiendo de cada país concreto.
En algunos países como Chile, Argentina, Colombia, Perú, o México, (y en general en la mayoría de países americanos con regímenes democráticos) el jefe de gobierno es elegido directamente por la ciudadanía mediante un proceso electoral independiente del legislativo, es decir, mediante elecciones presidenciales. En otros países como EspañaCuba, Gran Bretaña, Italia o Japón, es elegido de manera indirecta por los representantes de la asamblea, normalmente como culminación de las correspondientes elecciones legislativas.
Actualmente la mayor parte de la humanidad vive bajo este tipo de sistema democrático, ya sea bajo el formato de monarquía parlamentaria o bien bajo el de república, siendo ambos formatos muy similares en lo esencial. Se trata del sistema de gobierno más exitoso y con mayor implantación desde los tiempos de la monarquía absoluta.




DEMOCRACIA COMO ESTILO DE VIDA

La Democracia como forma de vida en lo social, económico,  político y cultural, y tal es asi como sociedad democrática estamos organizados en instituciones encargadas de administrar, hacer leyes y velar por el cumplimiento.

Los jóvenes deben participar: En forma creativa, activa y responsable.

Construir una sociedad democrática en las que todos seamos sujetos de derechos e iguales en dignidad.















Derechos en personas discapacitadas

LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON  DISCAPACIDADES DISTINTAS
¿Cuáles son los derechos humanos de las personas con discapacidades distintas?
Los derechos humanos son universales, políticos, civiles, económicos, sociales y culturales, pertenecen a todos los seres humanos, incluyendo a la personas con distintas discapacidades. Las personas discapacitadas deben gozar de sus derechos humanos u libertades fundamentales en términos iguales con otros en la sociedad, sin discriminación de ningún tipo. Ellos también disfrutan de ciertos derechos específicamente ligados a su status.
Los derechos humanos en cuestión:
  • Los derechos humanos para las personas discapacitadas incluyen los siguientes derechos indivisibles, interdependientes e interrelacionados.
  • El derecho a la no distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en su condición de discapacidad basada en el efecto de deteriorar el disfrute de los derechos humanos y libertades fundamentales.
  • El derecho a la igualdad de oportunidades.
  • El derecho a una completa igualdad y protección ante la Ley.
  • El derecho a una alto estándar de salud para un tratamiento médico, psicológico y funcional, de igual manera a una rehabilitación médica y social y otros servicios necesarios para el máximo desarrollo de las capacidades, habilidades y auto-confianza
  • El derecho a trabajar, de acuerdo con sus capacidades, a recibir salarios que igualitarios que contribuyan a un estándar de vida adecuado.
  • El derecho a ser tratado con dignidad y respeto.
OBLIGACIONES QUE TIENEN LOS GOBIERNOS PARA ASEGURAR LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

¿Cuáles son las provisiones de la Ley de derechos humanos que garantizan el goce completo de los derechos de las personas con discapacidad?

Incluye síntesis de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención de los Derechos del Niño y la Convención de la Organización Internacional del Trabajo concerniente a la Rehabilitación Vocacional y Empleo para las personas discapacitadas.

"Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición............. no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional....... Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.


¿Cuáles son los compromisos adquiridos por los gobiernos para asegurar el goce pleno de los derechos humanos de las personas con discapacidad?

Incluye síntesis de la Declaración de los Derechos de las personas con discapacidad, El Programa Mundial de Acción concerniente a las personas discapacitada y el compromiso hecho en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos realizada en Viena, La Conferencia Internacional sobre población y desarrollo en Cairo, Cumbre Mundial para el Desarrollo Social in Copenhague, Conferencia Mundial sobre la Mujer realizada en Beijing, y la Conferencia Hábitat II realizada en Estambul.



viernes, 14 de junio de 2013

"HISTÓRICA DE JESUS SARVIDE ISO Y LA INSTITUCION JOSÉ OBRERO"

Biografía de Jesús Sarvide Iso

El reverendo Padre Jesús Sarvide Iso nace el 9 de febrero 1921 en Sangúesa -Pamplona –España en el seno de una familia media alta son tres hermanos dos chicos y una chica
su hermana es monja y aun vive en Santo domingo. Es segundo de 3 hermanos, su madre se llamo Sofía y su padre no lo tenemos muy concreto su hermano mayor murió y su hermana es monja en santo domingo, era una familia de clase media su vocación fue desde muy joven San Javier fue su ejemplo de vida puedes mirar en internet el castillo de san Javier fue jesuita estudio en navarra el seminario y antes de llegar a Perú fue a otro país, pero no podemos decir más aun estamos a la espera de que su familia nos pueda dar datos concretos.

En su tiempo de juventud intentaba ayudar mucho en esa época muchas vocaciones salieron de esos pueblos y ciudades de España concretamente en navarra pamplona existe el castillo de San Javier que es el patrón de los misioneros y fue y sigue siendo un ejemplo para todos aquellos que quieren dedicar su vida a Dios fue al seminario en navarra.

Antes de ir a Perú y quedarse definitivamente allí estuvo en otro país ,para poder construir la iglesia , el colegio y la posta recibió ayuda de su ciudad natal ,también se le fueron enviados donativos de ropa en fardos que en vendía en la antigua iglesia que está arriba de las aulas esa fue su primera iglesia y ahora vosotros usáis de salón de actos.

De esa ciudad salieron muchos misioneros en ese tiempo familias enteras donde todos los hijos cogieron la vocación católica debido a la influencia de San Javier, Pamplona, Navarra, sangüesa. Era muy aficionado a los toros ya que la fiesta grande de toros en España es San Fermín y es muy cerca a su ciudad.
Antes de ir a Perú y quedarse definitivamente allí estuvo en otro país, para poder construir la iglesia, el colegio y la posta recibió ayuda de su ciudad natal, también se le fueron enviados donativos de ropa en fardos
Fue un emprendedor, un luchador y gran amigo de mucha gente, llego a Perú muy joven y dejo allí su vida por sacar adelante todos sus proyectos, con ese carisma y alegría que se caracteriza a los Europeos, su Fe en Dios y su Amor a los niños logro que mucha gente creyera en El y en sus obras para su comunidad San Josefina.
Institución  Educativa Parroquial "San José Obrero" 
La Institución  Educativa Parroquial "San José Obrero" de Piura, creada el 12 de junio de 1963, por el Padre Jesús Sarvide Iso, mediante  Resolución Directoral Nº 2290,  brindando  el nivel primario, con una formación cristiano - humanística  y  administrándola  hasta  el año 1990.

A la muerte del fundador en  setiembre de 1990, la dirección del centro educativo, fue asumida por el Padre  José Nunura Reyes, quien amplia el servicio primero con  el nivel inicial  en el año de 1996 y  hasta 1998 con el nivel secundario completo.

Desde  el año 2001 nuestra Institución  Educativa Parroquial,  integra el Consorcio de  Colegios Parroquiales  siendo el  Promotor nuestro Arzobispo de Piura, actualmente  su Directora  es la Prof. Consuelo Barreto Montalbán, nuestro  lema es "Formar buenos cristianos y honrados ciudadanos".

La Institución  Educativa Parroquial, tiene una población de 890 alumnos comprendidos en los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria. Impartimos una educación a partir de un paradigma educativo, enriquecido con nuestra axiología cristiana,  fomentando la construcción del conocimiento, permitiéndoles desenvolverse de manera eficiente y  creativa en esta sociedad de cambios científicos y tecnológicos.
 Nos preocupamos por descubrir y  potenciar  el talento y la creatividad de los niños y jóvenes desarrollando los talleres de  música, danza, computación y deporte. Es importante destacar la noble tarea  desarrollada por toda la comunidad educativa, personal docente y administrativo quienes dan lo mejor de si  en bien de la educación de los niños y jóvenes Sanjosefinos

En nuestra institución educativa optamos por el desarrollo de una escala de valores, la cual se constituye en el norte  para la toma de decisiones, la formación de actitudes positivas frente al estudio, el trabajo y las relaciones humanas.
Pretendemos pues  que la acción transformadora sea en nuestros jóvenes una decisión  libre y responsable y la veremos cristalizada en la medida que hayamos formado en los educandos  la capacidad de análisis, interpretación y valoración.
  • NUESTRA MISIÓN
  •          Formar buenos cristianos y honrados ciudadanos, poniendo en práctica el modelo de vida  de Jesús, asumiendo los valores morales para contribuir a mejorar la calidad humana y condiciones de vida del contexto social donde interactúan, promoviendo una educación integral, en su autorrealización, y en el ejercicio de las ciencias, el arte, la cultura y del deporte.
 
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Colegio San José celebrará Bodas de Oro
 Cincuenta años han pasado desde que el sacerdote Jesús Sarvide, promovió la creación de una institución religiosa que forme a los futuros ciudadanos de Piura en valores cristianos. Hoy, quienes dirigen el Colegio San José Obrero, pueden afirmar que la lucha es constante para que el ideal del padre Jesús se cumpla. Ayer, las principales autoridades de la institución educativa parroquial San José Obrero de Piura, anunciaron en conferencia de prensa, las diversas actividades que se realizarán durante los próximos meses del año, con motivo de este aniversario. Según los organizadores, las actividades estarán caracterizadas por el espíritu que distingue a toda la comunidad de San José en nuestra ciudad. El actual promotor de la institución parroquial, sacerdote Luis Arrasco Lucero, indicó que la institución celebrará sus Bodas de Oro de una manera muy especial, pues “es el Año de la Fe”, en que se recuerda a San José; el hombre justo, el hombre de la fe, quien confió en lo que Dios le encargó. Arrasco Lucero sostuvo que actualmente “el Colegio San José cuenta con un prestigio ganado y lo que intentan tanto los profesores como los alumnos, es darle continuidad. En la institución estamos en un tiempo de renovación, pero creo que estamos satisfechos con el equipo que se ha conseguido formar”, dijo. Agregó que los futuros proyectos estarán orientados básicamente a la investigación, para que los alumnos investiguen y así la exigencia académica sea mayor, pues así lo requiere el mundo. En ese sentido, explicó que el colegio se implementará tanto a nivel de equipos técnicos como de infraestructura.

 Celebro Bodas de Oro la Parroquia San José Obrero de Piura
 Ayer monseñor José Antonio Eguren Anselmi, S.C.V., Arzobispo Metropolitano de Piura, presidió la Santa Misa Solemne con ocasión de celebrarse las Bodas de Oro de la Parroquia San José Obrero de Piura. La Eucaristía estuvo concelebrada por varios sacerdotes de nuestra Arquidiócesis. Hace 50 años, el 8 de noviembre de 1959, viéndose el crecimiento considerable de la población en esta zona de nuestra ciudad, se funda la Parroquia San José Obrero, siendo Mons. Carlos Alberto Arce Masías, Obispo de Piura, y el R.P. Jesús Sarvide Iso, el primer párroco.
“Hoy que celebramos las Bodas de Oro de esta querida Parroquia, es ocasión para darle gracias a Dios por todas las bendiciones que a lo largo de estos años ha concedido, y es momento también para renovar nuestro compromiso de fidelidad al Señor en el servicio de nuestra comunidad parroquial y del mundo entero”, manifestó Mons. Eguren dirigiéndose a la gran cantidad de fieles presentes.
La Santa Misa; que se celebra en el marco de la Gran Misión Arquidiocesana “Quédate con nosotros, Señor” y del Año Sacerdotal, convocado por el Santo Padre; fue ofrecida por las intenciones y necesidades de los miembros de la comunidad parroquial, por todos los sacerdotes que han servido en esta Parroquia, por todos los bienhechores y amigos, y por todos aquellos que han hecho posible la construcción de esta iglesia.

martes, 11 de junio de 2013

Derechos de las persona-Peru

En la  Constitución Política  los peruanos tenemos derecho a:
·         CAPITULO I DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA
  Artículo 1º.-La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
  Artículo 2º.-
Toda persona tiene derecho:
1)      A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.
2)      A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.
3)      A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público.
4)      A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley. Los delitos cometidos por medio del libro, la prensa y demás medios de comunicación social se tipifican en el Código Penal y se juzgan en el fuero común. Es delito toda acción que suspende o clausura algún órgano de expresión o le impide circular libremente. Los derechos de informar y opinar comprenden los de fundar medios de comunicación.
5)      A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional. El secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del juez, del Fiscal de la Nación, o de una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado.
6)      A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.
7)      Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la voz y a la imagen propias. Toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviadas en cualquier medio de comunicación social tiene derecho a que este se rectifique en forma gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de las responsabilidades de ley.
8)      A la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica, así como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusión.
9)      A la inviolabilidad del domicilio. Nadie puede ingresar en el ni efectuar investigaciones o registros sin autorización de la persona que lo habita o sin mandato judicial, salvo flagrante delito o muy grave peligro de su perpetración. Las excepciones por motivos de sanidad o de grave riesgo son reguladas por la ley.
10)   Al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos privados. Las comunicaciones, telecomunicaciones o sus instrumentos solo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento motivado del juez, con las garantías previstas en la ley. Se guarda secreto de los asuntos ajenos al hecho que motiva su examen. Los documentos privados obtenidos con violación de este precepto no tienen efecto legal. Los libros, comprobantes y documentos contables y administrativos están sujetos a inspección o fiscalización de la autoridad competente, de conformidad con la ley. Las acciones que al respecto se tomen no pueden incluir su sustracción o incautación, salvo por orden judicial.
11)   A elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir de el y entrar en el, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería.
12)   A reunirse pacíficamente sin armas. Las reuniones en locales privados o abiertos al público no requieren aviso previo. Las que se convocan en plazas y vías públicas exigen anuncio anticipado a la autoridad, la que puede prohibirlas solamente por motivos probados de seguridad o de sanidad públicas.
13)   A asociarse y a constituir fundaciones y diversas formas de organización jurídica sin fines de lucro, sin autorización previa y con arreglo a ley. No pueden ser disueltas por resolución administrativa.
14)   A contratar con fines lícitos, siempre que no se contravengan leyes de orden publico.
15)   A trabajar libremente, con sujeción a ley.
16)   A la propiedad y a la herencia.
17)   A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum.
18)   A mantener reserva sobre sus convicciones políticas, filosóficas, religiosas o de cualquiera otra índole, así como a guardar el secreto profesional.
19)   A su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación. Todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete. Los extranjeros tienen este mismo derecho cuando son citados por cualquier autoridad.
20)   A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional solo pueden ejercer individualmente el derecho de petición.
21)   A su nacionalidad. Nadie puede ser despojado de ella. Tampoco puede ser privado del derecho de obtener o de renovar su pasaporte dentro o fuera del territorio de la República.
22)   A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.
23)   A la legítima defensa.
24)   A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:
   Nadie esta obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe.
   No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley. Están prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas.
  No hay prisión por deudas. Este principio no limita el mandato judicial por incumplimiento de deberes alimentarios.
   Nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no este previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracción punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley.
   Toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad.
   Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito. El detenido debe ser puesto a disposición del juzgado correspondiente, dentro de las veinticuatro horas o en el término de la distancia. Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos implicados por un término no mayor de quince días naturales. Deben dar cuenta al Ministerio Publico y al juez, quien puede asumir jurisdicción antes de vencido dicho termino.
 Nadie puede ser incomunicado sino en caso indispensable para el esclarecimiento de un delito, y en la forma y por el tiempo previstos por la ley. La autoridad esta obligada bajo responsabilidad a señalar, sin dilación y por escrito, el lugar donde se halla la persona detenida.

   Nadie debe ser victima de violencia moral, psíquica o física, ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes. Cualquiera puede pedir de inmediato el examen medico de la persona agraviada o de aquella imposibilitada de recurrir por si misma a la autoridad. Carecen de valor las declaraciones obtenidas por la violencia. Quien la emplea incurre en responsabilidad.


 Articulo 3º.-La enumeración de los derechos establecidos en este capitulo no excluye los demás que la Constitución garantiza, ni otros de naturaleza análoga o que se fundan en la dignidad del hombre, o en los principios de soberanía del pueblo, del Estado democrático de derecho y de la forma republicana de gobierno.

lunes, 3 de junio de 2013

CARDENAL CIPRIANI TAMBIÉN CRITICO 'LA LEY DE LA COMIDA CHATARRA'

El arzobispo señalo que el Estado no debe imponer que cosas comer. Agregó que esa labor educativa corresponde a los padres.



La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para los Niños, Niñas y Adolescentes no mejorará los hábitos alimenticios de los menores de edad
El cardenal Juan Luis Cipriani también se manifestó en contra de la cuestionada Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para los Niños y Adolescentes o también conocida como la Ley de la comida chatarra.
En su programa Diálogos de Fe, el arzobispo indico que si bien este tipo de comida es dañina si es consumida con frecuencia, es Estado no debe imponer que alimentos consumir, pues esa es una labor de tipo educativa que corresponde íntegramente a los padres.

"Hace mucho tiempo que no como comida chatarra. Creo que mucha de esa comida hace daño, pero que me impongan y que me impidan (...) Muchos han salido ha discutir por qué el Estado le tiene que decir a sus hijos que debe o no debe comer, por qé deben decirle qué es lo mejor o lo peor cuando es una tarea de los padres de familia"

"Gracias a Dios que se han dado cuenta que hay tantas tareas de los padres de familia, que si no son responsables dejan un vació, que es tomado por el Estado, un delincuente, un violador, una barra brava o un drogadicto", indicó.


LEY DE LA ALIMENTACIÓN SALUDABLE FUE RESPALDADA EN ASAMBLEA DE LA OMS
La directora de la Organización Mundial de Salud  califico la medida como necesaria para prevenir y hacer frente al aumento de enfermedades no transmisibles.

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La aprobación de la Ley de 
Promoción de la Alimentación Saludable conocida como la ley de la comida chatarra, fue respaldada por la directora general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Margaret Chan califico esta medida como un paso necesario para prevenir y hace frente al incremento de enfermedades no transmisibles, según informo la Agencia Andina.

Esto se dio tras la intervención de la ministra de Salud, Midori de Habich en la 66° Asamblea Mundial de la salud de la OMS, en Suiza. Aquí la funcionaria peruana explico las finalidades de la polémica norma. De Habich también explico ante el plenario mundial, que "en el Perú la cobertura universal es una necesidad y un derecho ciudadano"

Como parte de su agenda de trabajo, la ministra sostuvo después de una reunión con Margaret Chan, para intercambiar puntos de vista sobre temas sanitarias, y le extendió una invitación para que viste el Perú y reforzar las relaciones de colaboración.

JIMÉNEZ: LEY DE COMIDA CHATARRA NO IMPIDE EL DESARROLLO DE INDUSTRIA ALIMENTARIA

El jefe del Gabinete Ministerial defendió la norma antes las criticas de la Sociedad Nacional de Industrias.

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El primer ministro, Juan Jiménez señaló hoy que la promulgación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para niños y niñas y adolescente no obstaculiza el desarrollo de la industria alimentaria en el país, sino busca mejorar la salud de la población.

"La ley no establece en lo absoluto ninguna imposibilidad de desarrollo de la industria alimentario en el país. Eso está fuera de ley [...] la industria podrá producir los alimentos y los productos que considere conveniente y necesario de acuerdo al mercado", dijo Jimenez en respuesta a las criticas de la Sociedad Nacional de Industrias.


Jiménez Mayor explico que la referida ley es parte de una reforma que e Gobierno viene implementando en materia de salud. “Lo que está  planteando es básicamente una política de salud pública vinculada a la alimentación. creo que es loable para el país que tengamos políticas adecuadas en materia de salud y que podamos prevenir", apuntó.

Dijo además que toda reforma genera controversia entre diversos sectores, pero que es importante seguir avanzando.

"Aquí no se está conculcando el derecho a nadie, aquí lo que se está planteando es como mejorar la salud de la población y es, en todo caso, una adecuada ponderación de derechos, pero no se restringe en absoluto el nivel ni la producción de la industria en el pais ni en el extranjero", enfatizó el jefe del Gabinete Ministerial.



https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjaBDSG5Qp2MtF5iqFTuFQ1p1n39dSpZib8wZ9crjXPM-EoUyltnhEjk5xSdj65Z1P_i5DXuvNhRmf6FV0s39_7cseaMTdgROMWXWslTx57diPcqUNdM6GVrHzOGw1Pp40kAGEkPaFm5ok/s320/610235.jpgLEY DE COMIDA CHATARRA: PERSONAS INFORMADAS SOBRE NORMA DICEN QUE ESTA ES BUENA















Según un sondeo de Ipsos Apoyo, el 59% está informado sobre la medida. El 43% de ellos indica que ayudara a proteger la salud.

Una encuesta de Ipsos Apoyo da cuenta de que el 59% de entrevistados dijo estar informado sobre la polémica Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños y Adolescentes, también conocida como la ley de la comida chatarra.


De ellos, el 43% sostuvo que se trata de una buena norma que ayudará a proteger la salud. Mientras tanto, el 41% recalca que es una buena idea que necesita ser mejorada.


Por otro lado, solo el 12% aseveró que es una mala ley, porque atenta contra la libertad de consumo.Sin embargo, del total de entrevistados, el 66% cree que la actividad física es más afectiva para reducir la obesidad en los niños.


Asimismo, la mayoría considero que la publicidad sobre bebidas alcohólicas, gaseosas, golosinas y chocolates y restaurantes de comida rápida debe informar que su consumo excesivo puede ser dañino.